PLIEGO LICITATORIO
PLIEGO LICITATORIO DE INMUEBLE DE LA CALLE CORTEJARENA
En los términos del art. 208 de la Ley 24.522 y de conformidad a lo dispuesto en la resolución del 26 de mayo de 2021 recaída en estos autos “CHEMTON S.A S/QUIEBRA” EXP.NRO 016057/2015, que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 23, subrogancia a cargo del Dr. Fernando Javier Perillo, Secretaría Nº 46 interinamente a cargo del Dr. Diego Martín Parducci, sito en calle Marcelo T. de Alvear 1840, PB, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se comunica que se ha decretado la venta por licitación del 100% inmueble de propiedad de la fallida matrícula 5-9126, ubicado Cortejarena 3635, localidad de La Reja, partido de Moreno, Prov. De Buenos Aires. Nomenclatura catastral: Circ. II- Secc B- Manz: 8- Parcela: 1A, superficie total 25.527,17 m; medidas y linderos: 192,97 m al SE lindando con calle Florencio Sánchez, 191,99 m al SO lindando con parc. 5, 6 y pte. De la 7 de la qta. 8 y parc 7 y 35 de la qta 8 Manz 8-e, en medio calle Olavarría, 4,24 m en la ochava al E. 29.44 m al N lindando con calles Atahualpa y Cortejarena, 43,48 m al NE lindando con calle Atahualpa, 219,53 m al N lindando con calle Cortejarena. PROCEDIMIENTO PARA INTERVENIR EN EL PROCESO DE LICITACIÓN: Los oferentes deberán presentar sus ofertas mediante escrito digital en las actuaciones nro. 16057/2015/30 “incidente de licitación” hasta el día 17 de Septiembre de 2021. Los interesados necesariamente deberán contar con patrocinio o representación letrada, puesto que ello es lo que habilitará su acceso al referido incidente mediante la modalidad de “Contestación de demanda”. Si el día fijado para el vencimiento de la presentación de las ofertas fuera declarado inhábil y/o alcanzado por una feria judicial dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dicho plazo quedará prorrogado en forma automática hasta el tercer hábil subsiguiente. Las ofertas deberán contener el nombre o razón social del oferente; DNI en caso de las personas humanas, aportando una copia, y datos de inscripción societaria en el caso de personas jurídicas, aportando en ese caso copia del contrato social o estatuto, con constancia de las correspondientes inscripciones ante la IGJ; domicilio real, domicilio especial en el ámbito de la Capital Federal además del electrónico inherente a la intervención letrada; acreditación de la condición fiscal y estado frente al IVA, adjuntando la constancia pertinente; en el caso de una persona jurídica, debida acreditación de la calidad de representante legal; de actuarse con poder, que por la modalidad de venta no se impedirá ni tampoco la actuación en comisión, copia del referido instrumento; una declaración expresa de que han podido visualizarse las actuaciones a través del sistema lex100 y que tuvieron acceso a las constancias del expediente físico en la Mesa de Entradas del juzgado ante la eventualidad que pretendieran compulsar físicamente el expediente, expresando conocer todas las condiciones a las que estuvo sujeta la licitación y respecto de la situación dominial del bien objeto de esta última; con indicación precisa del precio ofrecido que debe cubrir la base establecida por el juzgado. Las ofertas de compra deberán cumplir lo establecido en la Ac. 31/20 CSJN, Anexo II “Protocolo de Actuación – Sistema Informático de Gestión Judicial”, apartado III, en cuanto a que en las presentaciones digitales los archivos pdf deberán ser identificados, cuando sea documental lo que contengan, con la descripción “Documental” y un agregado aclaratorio adicional para identificar el contenido más una numeración si se lo sube en varios archivos (vgr. “CUIT”, “DNI”, “Contrato Social”, “Poder”, etc.), pero siempre debiendo contener cada archivo la pieza documental completa que se trate; mientras que el escrito propio de la oferta, que deberá ser contenido en un único archivo, deberá ser identificado como “OFERTA DE COMPRA” más el nombre, denominación o razón social del oferente. A los efectos de homogeneizar las presentaciones de las ofertas los interesados deberán emplear el modelo de oferta de compra el cual se podrá descargar de este expediente “Chemton S.A. s/quiebra” expte. n°16057/2015 a través del sistema de consulta de causas del Poder Judicial de la Nación. En los términos de la misma acordada, se establece que a la documentación que se digitalice, se le conferirá la validez, en cuanto a su existencia y contenido, de una declaración jurada. EN GARANTÍA DE LA OFERTA: El oferente deberá acompañar en un archivo descripto como “GARANTÍA”, la constancia de depósito o de transferencia a la cuenta del incidente 16057/2015/30 abierta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires- Sucursal Tribunales, cuyos datos son: En pesos: L° 856 F°281 DV7, CBU 0290075900250085602817; En dólares estadounidenses: L°913 F°826 DV8, CBU 0290075910250091308269, y cuya suma será el 10% de la oferta señalada. La ausencia de dicho comprobante equivaldrá a que se tenga por no presentada la oferta y no vaya a ser considerada por el juzgado. Asimismo, deberá denunciarse y acreditar los datos bancarios correspondientes a una cuenta a la cual proceder a la devolución de la garantía de mantenimiento de la oferta en caso de no resultar adjudicatario. PROCEDIMIENTO: Vencido el plazo fijado para la presentación de las
ofertas, se procederá a vincular al incidente exclusivamente al martillero ya designado en autos, quien en el plazo máximo de 48 hs. deberá informar la existencia de la mayor oferta en los términos que lo señala el art. 205 inc. 7° LCQ y de existir ofertas empatadas, informar cuáles estarían en esa condición. De lo contrario, de no existir ofertas incorporadas al incidente de licitación, será el actuario quien certificará esa situación y lo informará en estos autos principales. De existir ofertas empatadas, se le correrá a todos los oferentes que se encuentren en esas condiciones una notificación por secretaría a los domicilios electrónicos de los letrados presentados por el término de tres días, a los efectos de que oferten dentro del mismo incidente una mejora que nunca va a poder ser inferior al 5% de su anterior oferta, y al vencimiento de ese término será directamente el juzgado quien informará la oferta ganadora. A partir de ese período de tres días, se desvinculará como interviniente del incidente de licitación al martillero, a los efectos de que no pueda visualizar las eventuales mejoras que pudieran presentarse, para garantizar la transparencia del procedimiento. OFERTA ECONÓMICA: El precio base del bien a licitar es de U$S 2.800.000 (dólares estadounidenses dos millones ochocientos mil) o su equivalente en pesos moneda argentina, al tipo de cambio vigente, para lo cual deberá efectuarse la conversión y mientras duren las restricciones imperantes para acceder a la compra de esa divisa, el comprador deberá entregar los pesos suficientes conforme el tipo de cambio oficial al que pueda acceder el particular para hacerse de la moneda extranjera en el mercado local que en el régimen vigente se conoce como “dólar solidario” (art. 35 Ley 27.541), sin la percepción adicional del 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales establecida por el Banco Central y reglamentada en la Resolución General AFIP 4815/20. EXHIBICIÓN: El inmueble será exhibido los días 2 y 3 de septiembre de 2021 en el
horario de 14:30 horas a 16:00 horas. Se deberá asistir con documento de identidad, anunciar telefónicamente su llegada a la martillera. Ante la actual Emergencia Sanitaria se tomaran las medidas medidas generales de seguridad e higiene de acuerdo a lo establecido en el decreto 255/2020 de la provincia de Buenos Aires que los interesados deberán cumplimentar. Debe mantenerse una distancia mínima entre personas de 2 metros. Utilizar barbijo o tapaboca y nariz de manera continua. Aplicación de alcohol, se les tomara la temperatura, se les hará entrega de una
planilla que tendrán que indicar los siguientes datos: Nombres, dirección o teléfonos, completar si tiene algunos de los síntomas de Covid 19, Temperatura, Tos, Odinofagia, Dificultad respiratoria, Cefalea, Mialgias, Diarrea/vómitos.
ADJUDICACIÓN: El precio deberá integrarse en efectivo a los cinco días de informada la oferta ganadora mediante cédula electrónica, lo que se acreditará con un escrito digital adjuntando la constancia de transferencia a la cuenta más arriba indicada, escrito que al igual que las ofertas y las eventuales mejoras, también deberá presentarse dentro del mencionado incidente de licitación. En caso de incumplimiento del oferente, sin intimación previa, se lo declarará postor remiso con las responsabilidades establecidas por el art. 584 Código Procesal, dándole también por pérdida al oferente la garantía de mantenimiento de la oferta. El oferente ganador de la licitación tendrá a su cargo la comisión del martillero de un 3%, las sumas que correspondan pagarse por impuesto a la transferencia y sellado, así como que los gastos de escrituración en caso de designarse escribano, los que serán por su cuenta y orden. Una vez acreditado el saldo de precio de la oferta ganadora, el juzgado dictará en el marco del incidente de licitación la resolución de
adjudicación y ordenará las diligencias para la inmediata entrega de la posesión del bien adquirido con la colaboración del martillero, debiendo proceder a la toma de posesión en fecha y hora que coordinará con la martillera dentro del plazo perentorio de 10 días de declarado adjudicatario definitivo, bajo apercibimiento de considerar ficta su entrega, liberando a la quiebra de toda responsabilidad por su estado actual o futuro y/o cargo de impuestos a partir de dicha oportunidad y sin perjuicio de eventuales adecuaciones que pudieran tener que hacerse para formalizar dicho acto en función de restricciones de circulación que pudieran impedir concretarlo en los términos indicados, lo que deberá resultar de un pedido concreto del adjudicatario y de la evaluación de su pertinencia por el juzgado. A partir del vencimiento de ese plazo para considerar la posesión ficta o de la fecha en que se concrete la toma de posesión formal si ésta fuere anterior, estarán a cargo del adquirente las deudas en concepto de impuestos, tasas y contribuciones, mas no responderá por las que se hayan devengado con anterioridad a ese momento. las deudas que registre el inmueble en concepto de impuestos, tasas y contribuciones de fecha anterior al decreto de quiebra, deberán ser reclamadas por la vía correspondiente, sin perjuicios de las acreencias que por esos conceptos ya pudiera haberse reconocido. En cuanto a las posteriores a tal fecha y hasta que el comprador haya tomado posesión del bien, serán satisfechos a tenor de lo dispuesto por los arts. 240 y 244 LCQ en la oportunidad en que fuera aprobado el proyecto de distribución. Corresponde dejar apuntado que la mera presentación de la oferta implicará el pleno conocimiento y aceptación de las resoluciones dictadas en este proceso y de las aclaratorias que pudieren dictarse. CONSULTAS: Ante la actual Emergencia Sanitaria, todo tipo de trámite y presentaciones se realizarán en forma virtual. Podrán realizarse consultas con el martillero interviniente María Francisca González: mail mfrancisgonzalez@yahoo.com.ar celular 15 5471-6718 y/o 15 5630-3950, con quien se podrá concertar la revisión del bien a vender en los días y horas establecidos. En caso de que los terceros interesados quieran consultar el expediente deberán pedir el turno respectivo cursando un correo electrónico a la dirección de email jncomercial23.sec46@pjn.gov.ar.
Edicto Diario La Nacion: Edicto
Fotos del Inmueble: Pliego Licitatorio
Ficha: Datos del Oferente